La Sociedad de la Banda
Ancha, por su carácter universal, debe ser accesible para todos. Y
dentro de esa universalidad están las personas discapacitadas, uno de los
segmentos especialmente beneficiados por la digitalización, como ocurre con las
personas residentes en zonas rurales, los trabajadores liberales y otros.
En este sentido, el Comité Español de Representantes de
Personas con Discapacidad (CERMI) recuerda a las
empresas titulares de redes sociales que desde el 1 de enero de 2013 esas
páginas deben ser accesibles para las personas con discapacidad
siguiendo la normativa legal. Así, la ley de 1 de agosto que adapta
la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
modifica la regulación anterior de julio de 2002, en relación con los servicios
de la sociedad de la información y de comercio electrónico, y extiende a las
redes sociales en línea las obligaciones de accesibilidad vigentes para las
páginas de Internet públicas y las de las grandes empresas.
El texto establece que "las páginas de Internet que sirvan de soporte
o canal a las redes sociales en línea, desarrolladas por entidades cuyo volumen
anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del
Impuesto sobre el Valor Añadido, exceda de 6.101.121,04 euros, deberán
satisfacer, a partir del 31 de diciembre de 2012, como mínimo, el nivel medio
de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos".
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