La Sociedad de la Banda Ancha
democratiza el acceso a Internet y genera variopintas oportunidades de relación
y de negocio. En la empresa o en la entidad, las relaciones en el organigrama
se metamorfosean a ritmo trepidante, el ritmo de la dupla periodismo +
telecomunicaciones. De ahí que sea cada vez más habitual la declaración de
derechos del empleado en medios sociales.
En general, se considera que el empleado cuenta con derecho al
acceso digital. La banda ancha es imprescindible, e Internet dependiendo de
ella. Utility por antonomasia, se
debe poder acceder al entorno digital, igual que al agua, al gas, a la
electricidad.
Otro derecho fundamental es el de la privacidad digital, aunque
alguna sentencia la ha puesto en entredicho en beneficio del uso eficiente en
clave empresarial. Igualmente se debe proteger el derecho a la dignidad digital
(nadie puede acosar al trabajador, igual que ocurre en otros ámbitos). En esta
línea, el empleado debe estar informado sobre posibles revisiones de los
contenidos digitales generados.
Lógicamente, el trabajador tiene una vida al margen de su
ocupación, lo que le concede el derecho de uso de medios sociales a título
personal. No obstante, si individualmente se generan comentarios sobre objetos
de estudio que coinciden con los de la empresa, la prudencia se convertirá en
el principal aliado del usuario. Para evitar malentendidos, se pueden establecer
pautas sobre uso de medios sociales en horario laboral, la descarga de
programas determinados que puedan poner en jaque la seguridad de la empresa o
incluso el uso de equipos de la empresa. El bring
your own device (BYOD) deja aún más de manifiesto la necesidad de aclarar
estos conceptos a priori, para
naturalizar el uso de medios sociales.
Por tanto, en la Sociedad de la Banda Ancha deben primar los derechos de trabajador, siempre con una coherencia con los de la empresa. Sobre ello debatimos en el Grupo de Investigación sobre Periodismo Digital y Banda Ancha, de la UAO-CEU y el CECABLE, en Twitter (@CECABLEresearch), Google+, en el grupo de LinkedIn, en la página de LinkedIn, en el grupo de Facebook y en este blog. Y ahondaremos en las XIX Jornadas del Cable y la Banda Ancha en Cataluña (6-8 de mayo de 2014).
Por tanto, en la Sociedad de la Banda Ancha deben primar los derechos de trabajador, siempre con una coherencia con los de la empresa. Sobre ello debatimos en el Grupo de Investigación sobre Periodismo Digital y Banda Ancha, de la UAO-CEU y el CECABLE, en Twitter (@CECABLEresearch), Google+, en el grupo de LinkedIn, en la página de LinkedIn, en el grupo de Facebook y en este blog. Y ahondaremos en las XIX Jornadas del Cable y la Banda Ancha en Cataluña (6-8 de mayo de 2014).
Relació cada cop més digitalitzada.
ResponderEliminarCaldria més teletreball.
ResponderEliminarCertament des d'aquí defensem el teletreball, essència de la Societat de la Banda Ampla: més conciliació entre feina i àmbit domèstic, estalvi d'hores, sostenibilitat...
ResponderEliminarEl teletreball té molts avantatges.
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